¿Qué impuestos y obligaciones legales tengo si arriendo mi propiedad vacacional?” Información clara sobre normativa, boletas, patentes y exenciones.

Arrendar por días implica más que recibir huéspedes: también exige cumplir con ciertas obligaciones tributarias y legales. En esta guía te explicamos, en lenguaje simple, qué impuestos debes pagar, cómo emitir boletas, cuándo se necesita patente y qué debes hacer para operar con tranquilidad y en regla.

5/4/20253 min read

Todo lo que necesitas saber sobre impuestos y obligaciones legales si arriendas tu propiedad por días

Arrendar una propiedad por días se ha convertido en una de las formas más rentables de generar ingresos pasivos. Pero como toda actividad económica formal, también implica responsabilidades tributarias y legales que muchos propietarios desconocen o deciden pasar por alto… hasta que llegan las fiscalizaciones o los problemas.

En VIVE HOST, hemos acompañado a decenas de propietarios en el proceso de profesionalizar su arriendo vacacional. Y si hay algo claro, es esto:
👉
una propiedad rentable es también una propiedad bien regularizada.

Este artículo es tu guía definitiva para comprender qué exige la ley chilena, qué impuestos debes pagar y cómo operar con tranquilidad, transparencia y estrategia.

1. 📌 ¿Tengo que pagar impuestos si arriendo mi propiedad por días?

Sí. Y no es opcional.

La ley chilena establece que los arriendos amoblados de corto plazo —es decir, estadías por días, semanas o menos de un mes— constituyen una actividad afecta a IVA, y por lo tanto deben tributar como cualquier otro servicio.

Pero eso no es todo: también debes declarar tus ingresos en la Operación Renta anual, pagar el impuesto correspondiente y mantener registros claros.

En resumen:

Tipo de impuesto

Obligatorio para arriendo vacacional

IVA (19%)

✅ Sí

Impuesto a la Renta

✅ Sí (persona natural o empresa)

Contribuciones / permisos municipales

⚠️ Puede aplicar según comuna

2. 🧾 ¿Qué necesito para estar en regla?

a) Iniciar actividades en el SII

Tienes que declarar formalmente que estás realizando una actividad económica (arriendo amoblado) y emitir boletas electrónicas afectas a IVA. Esto puede hacerse como persona natural con giro o como empresa.

b) Emitir boletas con IVA

Cada vez que un huésped paga por alojarse, corresponde emitir una boleta (o factura) electrónica con el desglose del IVA correspondiente.

💡 Si trabajas con una empresa administradora, como [Nombre de tu empresa], puede emitir las boletas en tu nombre y simplificar toda esta gestión.

c) Pagar IVA y declarar mensualmente (F29)

Debes declarar tus ventas y pagar el IVA correspondiente en el Formulario 29 del SII. Esto se hace cada mes, incluso si no tuviste ingresos.

d) Declarar en la Operación Renta

En abril de cada año, debes incluir los ingresos generados en tu declaración anual. Puedes acogerte a regímenes simplificados si eres persona natural.

3. 🌐 ¿Y si arriendo por plataformas como Airbnb o Booking?

Este es uno de los grandes mitos:
“Como arriendo por Airbnb, no necesito declarar.”
Eso
no es cierto.

Las plataformas son canales de intermediación, pero no reemplazan tus obligaciones tributarias locales. Tú, como propietario, debes emitir la boleta o factura correspondiente al huésped, independiente del canal usado.

Además:

  • Airbnb no emite boletas chilenas ni retiene impuestos en tu nombre.

  • Booking exige boletas en muchas reservas corporativas.

  • Cada peso que recibas debe tributar correctamente.

4. 🏛️ ¿Necesito una patente o permisos municipales?

Depende del municipio. Algunas comunas —especialmente las más turísticas— han comenzado a fiscalizar y exigir permisos especiales para quienes arriendan de forma frecuente:

  • Patente comercial o de hospedaje.

  • Acreditación de condiciones sanitarias y de seguridad.

  • Autorización expresa si se trata de un departamento en comunidad.

📍 No tener estos permisos puede implicar multas, clausuras o conflictos con vecinos.

5. ❌ ¿Qué arriesgo si no cumplo?

  • Multas del SII por no declarar ingresos o emitir boletas.

  • Intereses y recargos acumulativos si no pagas IVA.

  • Pérdida de posibilidad de deducir gastos operacionales.

  • Denuncias de vecinos o de la comunidad.

  • Problemas legales si ocurre un accidente o conflicto con un huésped.

Y lo más importante: quedas fuera del circuito profesional del arriendo vacacional, lo que limita tus ingresos, te excluye de acuerdos corporativos y afecta la valorización de tu propiedad.